Cuando ya hay visa disponible para usted, existen dos formas de obtener la residencia permanente. Elegir entre ellas es una de las decisiones más trascendentales de un caso migratorio, y no es simplemente cuestión de preferencia.
Ajuste de estatus
El ajuste, que se presenta con el Formulario I-485, ocurre mientras usted permanece dentro de Estados Unidos. Nunca sale del país. Si se aprueba, recibe su green card sin pisar un consulado.
El requisito central es cómo entró. Por regla general, el ajuste exige que usted haya sido inspeccionado y admitido, o que haya recibido un permiso de entrada (parole) en un puerto de entrada — es decir, que un oficial de inmigración lo haya visto y lo haya dejado pasar. Ciertas categorías, como los familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses, quedan perdonadas por haberse quedado más tiempo del autorizado tras una entrada legal. Haber entrado sin inspección es un asunto completamente distinto y por lo general cierra esta puerta, salvo excepciones muy limitadas.
Proceso consular
El proceso consular ocurre en el exterior. Después de aprobada la petición, el caso pasa por el Centro Nacional de Visas, usted presenta documentos civiles y tarifas, y finalmente asiste a una entrevista en el consulado estadounidense de su país. Si se aprueba, entra a Estados Unidos como residente permanente.
Para quien vive fuera del país, así es como funciona y punto. Para quien ya está dentro, es una decisión con una trampa seria.
La trampa: la presencia ilegal
Si acumuló más de 180 días de presencia ilegal en Estados Unidos y luego sale del país, puede activar una prohibición de regresar — de tres años en algunos casos, de diez en otros. La prohibición se activa al salir. Alguien que vivió aquí durante años sin estatus y viaja a una entrevista consular puede encontrarse con que no puede volver.
Esta es, con diferencia, la forma más común en que una familia bienintencionada convierte un caso difícil en uno devastador.
Los perdones existen, pero no son automáticos
Hay perdones (waivers) para la prohibición por presencia ilegal, incluido un proceso de perdón provisional que permite a ciertos solicitantes pedirlo antes de salir en lugar de después. Exigen demostrar dificultad extrema a un familiar calificado que sea ciudadano o residente permanente — un estándar que se cumple con pruebas, no con afirmaciones.
Las reglas sobre quién califica y qué evidencia convence han cambiado varias veces. Si alguna vez estuvo en Estados Unidos sin estatus, no agende una entrevista consular antes de que alguien revise por completo su historial de entradas y salidas.
